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         “NO SE EXPONGA A MULTAS Y A PERDIDAS ECONOMICAS EN CASO DE
                 ACCIDENTE POR NO TENER EL SEGURO VIGENTE”

5 RAZONES PARA TENER EL SOAT VIGENTE

1. Es un seguro obligatorio para todos los vehículos automotores que transiten en Colombia, ampara los daños corporales que se causen a las personas en accidentes de tránsito, ya sean peatones, pasajeros o conductores. Esto implica que el SOAT se encarga de cubrir los gastos correspondientes a la atención médica, quirúrgica, farmacéutica, hospitalaria, incapacidad permanente y los gastos de transporte en que se incurran para atender a los lesionados, e incorpora coberturas en caso de presentarse víctimas fatales.

2. Garantiza que todas las víctimas de accidentes de tránsito, incluyendo conductores, pasajeros y peatones, puedan ser atendidas inmediatamente en la red hospitalaria del país, sin costo alguno. Todos los Hospitales y clínicas, tanto públicas como privadas, están obligados a prestar la atención médica en forma integral, desde la atención inicial de urgencias hasta su rehabilitación final.


3. Cubre una alta cuantía por la prestación de los servicios médico-quirúrgicos hasta un máximo de 600 veces el salario mínimo legal diario vigente al momento del accidente.


4. El SOAT tiene servicios adicionales:


  • Transporte y movilización de las víctimas desde el lugar de accidente hasta  el centro hospitalario por una cuantía hasta de 15 veces el salario mínimo legal diario vigente al momento del accidente.
  • Incapacidad permanente. Si por causa del accidente la persona queda con imposibilidad permanente de trabajar, tendrá derecho a que se le pague por una sola vez una suma proporcional hasta de 180 veces el salario mínimo legal diario vigente al momento del accidente.
  • Muerte. En caso de fallecimiento como consecuencia del accidente, siempre y cuando suceda dentro del año siguiente a la ocurrencia de éste, se pagará una suma equivalente a 600 veces el salario mínimo legal diario vigente a los beneficiarios legales de la víctima.
  • Gastos funerarios. Si la muerte ocurriera como consecuencia del accidente dentro del año siguiente a la fecha del mismo, se pagará a los deudos una indemnización máxima de 150 veces el salario mínimo legal diario vigente al momento del Accidente.
5. Existe una sanción por no portar el SOAT vigente. Es una multa de 30 salarios mínimos legales diarios vigentes cada vez que sea sorprendido incumpliendo esta obligación, además el vehículo será inmovilizado. Esté alerta para evitar la compra de SOAT falso porque puede acarrear sanciones penales y de tránsito.

Información tomada de:
Revista 5 sentidos No. 73




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